La familia Rato quebró dos bancos en los años sesenta
Ramón tijeras(2011)
Ahora que Rodrigo Rato preside Bankia, cabe preguntarse si su objetivo es limpiar el mal nombre que dejó la actuación de sus familiares más directos tras quebrar dos bancos en los años sesenta.
A más de uno le puede entrar el pánico al recordar las andanzas del padre y el hermano del presidente del nuevo conglomerado bancario, Ramón Rato y Rodríguez San Pedro y Ramón Rato Figaredo. Los dos acabaron en la cárcel el 2 de noviembre de 1966, cuando un auto del juez Antonio Sánchez del Corral y del Río ordenó la dtención de ambos familiares “por haberse comprobado la existencia de hechos susceptibles de ser calificados como delito monetario”.
Ramón Rato padre recibió la notificación de su arresto domiciliario el 3 de noviembre de aquel año 1966, a las once y media de la mañana. La policía le exigió que entregase el pasaporte español que había obtenido en el Consulado de París. Después, el padre de Rodrigo Rato ingresó en la madrileña prisión de Carabanchel.
El drama de los Rato se redobló el 28 de noviembre siguiente, cuando el Consejo de Ministros se encontró encima de la mesa la inminente suspensión de pagos de tres bancos españoles. Los tres bancos afectados eran el Banco de Siero, el Murciano y el de Medina. Los dos primeros pertenecían a la misma persona: Ramón Rato y Rodríguez San Pedro, quien desde la cárcel de Carabanchel conoció la Propuesta de la Subsecretaría del Tesoro y Gastos Públicos que el Consejo de Ministros aprobó ese mismo día:
“Se autoriza al Ministro de Hacienda para que instrumente a través del Banco de España, y con la colaboración de la Banca privada, y asesoramiento de la Dirección General de lo Contencioso del Estado, el conjunto de ayudas necesarias para salvaguardar los intereses legítimos de aquellos depositantes que hayan constituido sus depósitos en los Bancos de Siero, Murciano y de Medina con arreglo a las normas vigentes en materia de disciplina bancaria, mediante el pago de los créditos que ostentan contra tales Bancos y reúnan los requisitos indicados, subrogándose en los derechos de los depositantes para reintegrarse, en su día, en la parte que sea posible en los autos de suspensión de pagos o de quiebra a que pueda llegarse, o bien mediante cualquier otra fórmula que se arbitre para ayuda de los mencionados depositantes”.
Desde cualquier punto de vista, el hecho de que el Gobierno tuviera que salir en defensa de los depositantes de un Banco para atender a la retirada de sus depósitos con el apoyo del resto de la Banca española es lo más humillante que podía ocurrirle a un banquero. La discusión que se produjo en el Consejo de Ministros y las conclusiones a las que llegaron sus miembros quedaron reflejadas en el acta de aquel día:
“Esta situación afecta a millares de cuentacorrentistas y depositantes de sus ahorros en dichos Bancos, a cuyas economías afecta la suspensión en forma gravemente perturbadora. Por otra parte, todo esto es susceptible de causar grave daño a la confianza del público en la institución bancaria en general.
El Consejo Superior Bancario, reunido el pasado día 24 de los corrientes, examinó, por indicación del Ministerio de Hacienda, la expresada situación y acordó, por unanimidad, ofrecer a las autoridades monetarias su colaboración, con objeto de salvaguardar los intereses legítimos de aquellos depositantes que hayan constituido sus depósitos con arreglo a las normas vigentes en materia de disciplina bancaria.
Una comisión de Banqueros, designada por el Consejo Superior Bancario, se ha puesto ya en contacto con el Banco de España para estudiar las posibles fórmulas de ayuda a los depositantes que reúnan las expresadas condiciones. Pero, para que el Banco de España pueda participar en la aplicación de esas fórmulas, como ha ocurrido en los, afortunadamente escasos, casos similares que en el pasado se han presentado, es menester que se le autorice especialmente por el Gobierno, por tratarse de una ayuda excepcional que sin una autorización, también excepcional, no podría realizar”.
Como consecuencia de todo lo anterior, el 1 de septiembre de 1967 funcionarios de la Dirección General de Prisiones entregaron a Ramón Rato a la Guardia Civil en las dependencias de la cárcel de Carabanchel para su traslado a la prisión provincial de Almería con el fin de que extinguiera allí su condena por “contrabando monetario”.
Yo ya he sacado mi dinero del nuevo Bankia, por si acaso.
Ramón tijeras(2011)
Ahora que Rodrigo Rato preside Bankia, cabe preguntarse si su objetivo es limpiar el mal nombre que dejó la actuación de sus familiares más directos tras quebrar dos bancos en los años sesenta.
A más de uno le puede entrar el pánico al recordar las andanzas del padre y el hermano del presidente del nuevo conglomerado bancario, Ramón Rato y Rodríguez San Pedro y Ramón Rato Figaredo. Los dos acabaron en la cárcel el 2 de noviembre de 1966, cuando un auto del juez Antonio Sánchez del Corral y del Río ordenó la dtención de ambos familiares “por haberse comprobado la existencia de hechos susceptibles de ser calificados como delito monetario”.
Ramón Rato padre recibió la notificación de su arresto domiciliario el 3 de noviembre de aquel año 1966, a las once y media de la mañana. La policía le exigió que entregase el pasaporte español que había obtenido en el Consulado de París. Después, el padre de Rodrigo Rato ingresó en la madrileña prisión de Carabanchel.
El drama de los Rato se redobló el 28 de noviembre siguiente, cuando el Consejo de Ministros se encontró encima de la mesa la inminente suspensión de pagos de tres bancos españoles. Los tres bancos afectados eran el Banco de Siero, el Murciano y el de Medina. Los dos primeros pertenecían a la misma persona: Ramón Rato y Rodríguez San Pedro, quien desde la cárcel de Carabanchel conoció la Propuesta de la Subsecretaría del Tesoro y Gastos Públicos que el Consejo de Ministros aprobó ese mismo día:
“Se autoriza al Ministro de Hacienda para que instrumente a través del Banco de España, y con la colaboración de la Banca privada, y asesoramiento de la Dirección General de lo Contencioso del Estado, el conjunto de ayudas necesarias para salvaguardar los intereses legítimos de aquellos depositantes que hayan constituido sus depósitos en los Bancos de Siero, Murciano y de Medina con arreglo a las normas vigentes en materia de disciplina bancaria, mediante el pago de los créditos que ostentan contra tales Bancos y reúnan los requisitos indicados, subrogándose en los derechos de los depositantes para reintegrarse, en su día, en la parte que sea posible en los autos de suspensión de pagos o de quiebra a que pueda llegarse, o bien mediante cualquier otra fórmula que se arbitre para ayuda de los mencionados depositantes”.
Desde cualquier punto de vista, el hecho de que el Gobierno tuviera que salir en defensa de los depositantes de un Banco para atender a la retirada de sus depósitos con el apoyo del resto de la Banca española es lo más humillante que podía ocurrirle a un banquero. La discusión que se produjo en el Consejo de Ministros y las conclusiones a las que llegaron sus miembros quedaron reflejadas en el acta de aquel día:
“Esta situación afecta a millares de cuentacorrentistas y depositantes de sus ahorros en dichos Bancos, a cuyas economías afecta la suspensión en forma gravemente perturbadora. Por otra parte, todo esto es susceptible de causar grave daño a la confianza del público en la institución bancaria en general.
El Consejo Superior Bancario, reunido el pasado día 24 de los corrientes, examinó, por indicación del Ministerio de Hacienda, la expresada situación y acordó, por unanimidad, ofrecer a las autoridades monetarias su colaboración, con objeto de salvaguardar los intereses legítimos de aquellos depositantes que hayan constituido sus depósitos con arreglo a las normas vigentes en materia de disciplina bancaria.
Una comisión de Banqueros, designada por el Consejo Superior Bancario, se ha puesto ya en contacto con el Banco de España para estudiar las posibles fórmulas de ayuda a los depositantes que reúnan las expresadas condiciones. Pero, para que el Banco de España pueda participar en la aplicación de esas fórmulas, como ha ocurrido en los, afortunadamente escasos, casos similares que en el pasado se han presentado, es menester que se le autorice especialmente por el Gobierno, por tratarse de una ayuda excepcional que sin una autorización, también excepcional, no podría realizar”.
Como consecuencia de todo lo anterior, el 1 de septiembre de 1967 funcionarios de la Dirección General de Prisiones entregaron a Ramón Rato a la Guardia Civil en las dependencias de la cárcel de Carabanchel para su traslado a la prisión provincial de Almería con el fin de que extinguiera allí su condena por “contrabando monetario”.
Yo ya he sacado mi dinero del nuevo Bankia, por si acaso.