martes, 11 de marzo de 2014

Resolución del Parlamento de Crimea por un Referéndum de autodeterminación



Exposición de los motivos


Los acontecimientos de febrero de 2014, en Kiev, han empeorado gravemente la situación política en Ucrania. Como resultado de un golpe de Estado anticonstitucional, las fuerzas nacionalistas, en flagrante violación de la Constitución y las leyes de Ucrania, han atentado contra los derechos inalienables y las libertades de los ciudadanos, incluso contra el derecho a la vida, a la libertad de pensamiento y de expresión y el derecho a hablar la lengua materna.

Los grupos extremistas han realizado varios intentos de penetrar en Crimea para agravar la situación, provocar una escalada de tensiones y tomar ilegalmente el poder.

En ese contexto sociopolítico se ha expresado gran inquietud sobre el futuro de Crimea.

Texto de ley



Confirmando la prioridad de los valores humanos, el compromiso con los principios y normas del derecho internacional, para implementar la voluntad de la población de Crimea y tomando en consideración la ausencia de autoridades legítimas en Ucrania, de conformidad con el párrafo 7º del artículo 18 y con el párrafo 3º del segundo acápite del artículo 26 de la Constitución de la República Autónoma de Crimea, el Consejo Supremo de Crimea decide:

1. Reincorporarse a la Federación Rusa como parte integrante de la Federación Rusa.

2. Convocar a un Referéndum, que se realizará el 16 de marzo de 2014 (incluyendo Sebastopol) para responder de manera selectiva a las siguientes preguntas:

a) ¿Es usted favorable a la reunificación de Crimea con Rusia adoptando las leyes de la Federación Rusa?

b) ¿Es usted favorable al restablecimiento de la Constitución de la República de Crimea de 1992 y del estatuto de Crimea en el marco de Ucrania?

3. La pregunta que obtenga la mayor cantidad de votos será considerada como la expresión directa de la voluntad del pueblo de Crimea.

4. Aprobar el texto del escrutinio referendario del 16 de marzo de 2014 cuyas boletas se imprimirán en los idiomas ruso, ucraniano y el de los tártaros de Crimea.

5. Aprobar el Reglamento Provisional para el Referéndum.

6. Formar un Comité del Consejo Supremo a cargo del Referéndum.

7. Confiar a la Comisión de la República Autónoma de Crimea la organización de un Referéndum de conformidad con el Reglamento Provisional anteriormente mencionado.

8. Encargar al Consejo de Ministros de la República Autónoma de Crimea la organización del apoyo financiero, logístico y de otro tipo al Referéndum.

9. El Consejo Supremo de la República Autónoma de Crimea ha emitido un llamado al Presidente de la Federación Rusa y a la Asamblea Federal de la Duma Estatal de la Federación Rusa proponiéndoles que inicien el proceso de adhesión a la Federación Rusa como parte integrante de la Federación Rusa.